Jueves, 27 Agosto 2015
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias

Con este Libro registro se pretende reflejar la situación de los bienes a que se refieren determinadas operaciones intracomunitarias en tanto no tenga lugar el devengo de las entregas o de las adquisiciones.
Las operaciones que deben anotarse en el Libro registro son:
• El envío o recepción de bienes para la realización de informes periciales, valoraciones y dictámenes sobre los mismos.
• Las transferencias de bienes con destino a otro Estado miembro, para afectarlos a las necesidades de aquélla en este último.
• La afectación a las actividades desarrolladas por el sujeto pasivo en el territorio peninsular español e Islas Baleares, de los bienes que ha producido, adquirido o importado en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional en otro Estado miembro.
En el Libro registro, los datos que se deben anotar son:
• Operación y fecha.
• Descripción de los bienes objeto de la operación con referencia, su factura de adquisición o título de posesión.
• Otras facturas o documentación relativas a las operaciones de que se trate.
• Identificación del destinatario o remitente, indicando su número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, razón social y domicilio.
• Estado miembro de origen o destino de los bienes.
• Plazo que, en su caso, se haya fijado para la realización de las operaciones mencionadas.